viernes, 31 de mayo de 2013

LA DEMOCRATIZACION DEL PODER PERJUDICIAL.

 1.- Los que tienen una mirada crítica sobre el funcionamiento de la Justicia, subrayan que debilitar el corporativismo judicial implica fortalecer el debate político sobre la dinámica del Poder Judicial, porque en Argentina desde hace tantísimos años la corporación judicial es permeable a las presiones de los poderes fácticos.
El desafío es enorme. Así como la Justicia puede ayudar a reducir las desigualdades, también puede colaborar a consolidarlas. Que responda de una manera efectiva e imparcial a los conflictos sociales, económicos y culturales es un objetivo irrenunciable. La transformación de la cultura judicial, tradicionalmente autocrática y elitista, iniciada en 2003 con la renovación de la Corte Suprema, apuntó a un servicio de justicia que había alcanzado un alto nivel de descrédito.
La discusión sobre la independencia del Poder Judicial es compleja y las precauciones que se imponen no tienen que servir para que los sectores conservadores, agazapados tras una pretendida autonomía, sustraigan al Poder Judicial del control democrático, convirtiéndolo en un reflejo de intereses corporativos, o en una burocracia cuyo objetivo sea sostener y reproducir sus privilegios.
Los jueces deben ser independientes, o sea, estar protegidos de los factores de poder, sean de la naturaleza que fuesen. Pero esta independencia externa no basta para garantizar la función judicial, pues el juez no puede decidir conforme a su comprensión del derecho que, como es sabido, no es única ni unívoca, si no goza de independencia interna dentro del propio Poder Judicial. Una judicatura democrática debe garantizar el pluralismo ideológico y, por tanto, el debate interno y consiguientes interpretaciones del derecho. No hay otra imparcialidad posible, porque como bien decía Carnelutti, los humanos no podemos ser imparciales porque todos somos parte.
Un Poder Judicial no es una corporación vertical. La Constitución italiana por ejemplo, dispone que no hay jerarquías entre los jueces solo diferencia de competencias. En cambio en un Poder Judicial corporativo,  no hay independencia interna y los cuerpos colegiados supremos consideran a los otros jueces como sus amanuenses. El origen del modelo judicial corporativo es napoleónico y cundió por toda Europa en el siglo XIX, hasta su desprestigio político en el siglo XX, cuando se tornó incompatible con una magistratura democrática.
Las sociedades regidas bajo el sistema republicano arrojan un déficit importante: la autonomización de los cuatro poderes respecto de los intereses populares. Asistimos a un enfrentamiento entre los poderes elegidos por la ciudadanía (ejecutivo y legislativo) y los restantes (judicial y prensa) que nunca se someten a la voluntad popular. La corporación judicial, es el vehículo por el cual ese cuarto poder amenazado intenta mantener el statu quo. La resistencia a la Ley de Medios es un ejemplo claro de la resistencia de los poderes “no elegidos” frente al poder político que hoy goza de una recuperada legitimidad. Es deuda de la democracia la depuración de una casta de jueces reaccionarios, cómplices de las peores atrocidades de la dictadura cívico-militar, que utilizan todo tipo de estratagemas para proteger los intereses de las corporaciones económicas-mediáticas. Defienden con disciplina perruna a sus “generales mediáticos”.
Cuando la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner convocó a  “democratizar” el Poder Judicial pateó un avispero. Organizaciones de magistrados se arrogaron la representación de todos sus pares y se rasgaron las vestiduras. Otros reaccionaron contra la movida “unanimista” y no se reconocieron en esos pretendidos representantes, constituyendo “Justicia Legítima”. Una rebelión saludable contra una cultura de opacidad, que consolida el proceso de participación ciudadana y ampliación de derechos al introducir el “principio de soberanía popular” en los  poderes del Estado. Es un avance sobre la justicia, pero no para dominarla, sino para mejorarla. El camarista federal Carlos Rozanski manifestó: “… La Justicia acompañó por  acción y omisión (a la dictadura) y esto nunca fue seriamente cuestionado… Da muestra de la imperiosa necesidad de recambio generacional en el Poder Judicial.., el cual sólo puede provenir de la voluntad popular. Queremos una Justicia más afín al bien común…”.
2.-  En el Poder Judicial (que no es sinónimo de “justicia”) sus integrantes son vitalicios y no surgen del voto popular. Se los llama “Su Señoría” a dos siglos de la Asamblea del Año XIII que abolió los títulos nobiliarios. Es el poder del Estado más aristocrático y sus miembros están autoeximidos del pago de Impuesto a las Ganancias. Si entendemos la sociedad con su pluriculturalismo, el Poder Judicial esta mayormente conformado de clase media y urbana, mientras los sectores desposeídos tienen dificultad para acceder a la Justicia, en todo sentido.
Existe una gran asimetría entre los jueces y los legisladores (en especial los diputados) en lo que respecta a diversidad ideológica, cultural y social de sus integrantes. Es esencial que el Poder Judicial propenda a la diversidad y elimine su elitismo. El jurista Alberto Binder expresa: ”El Poder Judicial tiene una legitimidad frágil que debe ser custodiada por los propios jueces..”. En cambio, la legitimidad de presidentes, gobernadores y parlamentarios está condicionado periódicamente al veredicto popular.
La Corte Suprema es un poder político también. Si bien sus sentencias tienen contenido jurídico, muchas veces la oportunidad y celeridad en emitirlas son producto de una valoración política. Cuando Ricardo Lorenzetti afirmó en un programa televisivo “..no vemos con buenos ojos la reelección..”, habló como magistrado y como político. Él es un “re-reelegido” en la Presidencia de la Corte  y no oculta, al menos extraoficialmente, su voluntad de realizar una carrera política.
La información publicada por el sitio de Julián Assange da cuenta de que el magistrado se reunía en secreto con un grupo de empresarios, banqueros y referentes políticos, con el fin de diseñar una estrategia “poskirchnerista” e incluso su nombre aparecía como compañero de fórmula de Julio Cobos. Sin dudas, sería un buen candidato opositor el inefable Lorenzetti, si pronunciara un “voto no positivo” a la Ley de Medios que afecta a Clarín.
Por qué no existe límite a las reelecciones del Presidente de la Corte si - como dicen algunos- el problema reside en que la naturaleza humana tiende a corromperse cuando accediendo  al poder advierte que no tiene ningún límite que le impida eternizarse?. Es justo que uno de los poderes del Estado esté compuesto por sujetos que no se someten a la voluntad popular y constituyan una suerte de aristocracia de los nunca votados?
El filósofo Dante Augusto Palma explica la razón que la literatura constitucional existente nos da: Porque constituye un “poder contramayoritario”, heredero de una prosapia antidemocrática de la Constitución estadounidense, por la cual se puso límites a los vaivenes de la voluntad popular. Es un espacio que vela por los principios de una Constitución la cual es, teóricamente, el fruto del acuerdo del poder constituyente del pueblo. Es contramayoritario porque la decisión de una mayoría circunstancial no puede afectar lo que, se considera, son los principios fundantes del Estado y el sistema jurídico.
De aquí que la Corte puede declarar inconstitucional una ley proclamada por el poder legislativo. El jurista Arturo Sampay demostró el modo en que el Estado de Derecho liberal separaba el Estado (como representante del pueblo) del Derecho, para garantizar que el modelo agroexportador esté exento de cualquier intento de modificación vía los representantes de turno. Pero generalmente el poder judicial no opera simplemente como un espacio de resistencia ante las pretensiones supuestamente populistas, sino que compele a la realización de políticas activas, algo que debiera ser potestad del poder ejecutivo o del legislativo. Por ello, desde lo conceptual, es fundamental una discusión acerca del rol de los jueces y la forma en que el sistema republicano sacraliza al único poder que nunca se expone a la voluntad popular, como sí ocurre en el 90% de los estados que conforman los EEUU, por ejemplo.
El formalismo prima sobre el afán de prestar honradamente un servicio público. Existe una institución incomprensible para cualquier lego, el “control difuso” que consiste en que cualquier juez puede declarar la inconstitucionalidad de cualquier ley y no necesita seguir la jurisprudencia constitucional de su Cámara Superior o de la misma Corte si han fijado un criterio. Aunque haya jurisprudencia en contrario, aún en la cúspide del Poder Judicial, cualquier juez puede decretar una inconstitucionalidad. El mecanismo es reivindicado como prueba de autonomía cuando es anárquico y  tiende a debilitar a otro estamento del Estado. Edifica una ”jerarquía de facto”, que nada tiene que ver con la división de poderes. Genera incerteza, es decir inseguridad jurídica. En un sistema como el británico eso es impensable. En Gran Bretaña una ley es válida mientras el Congreso así lo considere.
En los albores de la democracia recuperada en 1983, los cronistas parlamentarios interpelaban al presidente de la Comisión de Acuerdos del Senado Vicente Leónidas Saadi, por la convalidación de ascensos a oficiales de las FFAA acusados de participar en la represión ilegal. En una oportunidad el astuto senador catamarqueño les respondió: “… Ustedes siempre me preguntan por los militares y nunca por los jueces que estamos acordando con los radicales. Pero a los militares los destituye una decisión del comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, que es el Presidente de la Nación y en cambio, estos jueces para los cuáles prestamos acuerdo, serán los jueces de la democracia…”.
Cuando el ex diputado Alejandro Rossi  impulsó un proyecto que propiciaba que los magistrados fueran “recalificados cada cinco años”, estalló un escándalo que desactivó la iniciativa en medio de apelaciones a la división de poderes. En el debate parlamentario muchos se rasgaron las vestiduras para denunciar presiones del poder político sobre el judicial, pero nada dijeron de la sumisión frecuente de la Justicia al poder económico.
3.- La reforma del Consejo de la Magistratura, se apega estrictamente a la Constitución Nacional que de ningún modo establece que deban ser los jueces y abogados quienes tengan la potestad exclusiva y excluyente de designar a aquellos consejeros que provengan de sus respectivos estamentos. Ello equivaldría aceptar privilegios de casta o el voto calificado, donde el de un abogado se asimila al de cientos de miles de personas que no lo son y el voto de un juez vale por el de millones.
La reforma propicia que todos los integrantes del Consejo de la Magistratura provengan del sufragio universal, corolario de que toda representación política se ejerce en los términos de los derechos políticos consagrados en el artículo 38 de la Constitución Nacional. No hay referencia alguna en los debates constituyentes que sugiera la imposibilidad de que los consejeros abogados, jueces y académicos puedan ser elegidos por sufragio universal.
El artículo 114 de la C.N. dispone que “a través de una ley especial, el Congreso determinara el funcionamiento del Consejo de la Magistratura…” y en función de ello se modificó la ley 24.937, para poder elegir a sus miembros por el voto popular. Con el nuevo plexo normativo el artículo 157 de la Constitución de Salta deviene inconstitucional, porque viola el principio de igualdad ante la ley, al contradecir la nueva ley nacional. La Provincia puede adherirse al reciente texto legal y sino en la vía judicial existen fallos que han declarado inconstitucionales cláusulas de una Constitución Provincial. La oposición es tan hipócrita, que invoca que al art. 114 se lo debe interpretar literalmente cuando dice como se eligen los jueces, pero le resta valor cuando expresa que el Consejo es el órgano de administración y gobierno del Poder Judicial, ahí ya no está en juego la República. Hay que insistir que la administración de los recursos del Poder Judicial debe estar en poder del Consejo de la Magistratura.
El argumento de que la nueva composición permitirá al Gobierno dominar el Consejo es falaz, porque un sistema democrático se basa en la representación política de aquellos que acceden a los cargos públicos, bajo el sistema de una competencia electoral libre.
Carece de asidero democrático la postura “política” asumida por la conducción del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta al sostener que la elección popular de los consejeros “…significará la pérdida de la independencia de sus miembros, a quienes se le generará un compromiso político con el partido que los proponga..”, porque cuestiona el procedimiento que apunta a poner fin a un sistema elitista y corporativo, que dejaba en manos de jueces y abogados la elección de quienes deben impartir justicia a toda la sociedad. Hasta hubo  abogados del foro local, que citando a Montesquieu, reivindicaron el papel del Poder Judicial como garante de las minorías contra las mayorías.
Es necesario entender que la reforma judicial no les quita mérito a los profesionales del derecho. Lo que si les quita es su condición de exclusivos propietarios del terreno judicial e impide la feudalización de ciertos jueces. Todo apunta a terminar con el oscurantismo judicial, a democratizar realmente la administración de justicia, en el sentido de llevar a toda la sociedad un eficaz servicio de justicia y a garantizar la participación del pueblo en la elección de sus miembros.
Con respecto a los proyectos de creación de Cámaras de Casación, se los crítica aduciendo que provocará retardos en la Justicia, aunque no se explica de que forma la distribución de las más de 9.000 causas que llegan anualmente a la CSJN en más tribunales generara demoras y no lo contrario. Se sostiene además que se agrega una cuarta instancia, lo que no es verdad desde que ni siquiera existe garantía de una tercera instancia. Es decir que interviene en los casos en los que el Estado Nacional es parte y sólo cuando la sentencia recurrida contenga un vicio tal que habilite alguna de las vías de acceso (casación, inconstitucionalidad, revisión). No todo recurso merece ser tratado por la Corte ni se trata de una instancia asegurada. Muchas provincias tienen tres instancias antes de la Corte. La cuestión no es tan problemática: esta instancia unificará criterios.
La ley que regula las medidas cautelares contra el Estado y sus entes descentralizados, busca corregir el uso frecuentemente desviado de las mismas. Se intenta proteger el interés público, exigiendo la invocación y prueba de irreparabilidad del perjuicio que provocaría el acto- u omisión- del Estado. Se defiende el interés colectivo y no se ataca el interés individual, que queda preservado. Era necesario regular, porque las normas procesales civiles que se aplicaban eran insuficientes, ya que fueron ideadas para intereses particulares y no se pensó en el Estado como parte. En la Provincia de Santa Fe las cautelares tienen un límite de 90 días y en la Comunidad Europea no se dictan sin escuchar a las partes. Cuando litiga el Estado con sectores económicos concentrados, con estudios jurídicos muy sólidos, el Estado es la parte más débil.
Con el proyecto de ingreso por concurso a la Administración de Justicia, se pone fin a la discrecionalidad con que muchos magistrados han cubierto los cargos de la justicia con parientes, amigos y allegados. Por el contrario las medidas propuestas apuntan a poner en pie de igualdad a todos los postulantes y a seleccionar a los más idóneos, para darle al servicio de justicia mayor eficiencia, terminando con la “familia judicial” que significa un poder donde las presencias familiares se reproducen merced a ingresos nepotistas por los tramos más bajos.
Las críticas de la oposición son expresiones apocalípticas  que buscan construir un escenario político casi maniqueo. Pretenden continuar con el modelo elitista y decimonónico.
Foucault decía que la justicia es legitimación para el opresor y reivindicación para el oprimido. Los proyectos de reformas implican la participación del conjunto de la sociedad y visibilizan la patología de un sistema judicial desprestigiado, endogámico y de espaldas al pueblo. El poder judicial tiene fuertes influencias de la dictadura cívico-militar de 1976 y hay jueces que nunca entendieron su rol en un estado de derecho. El Gobierno Nacional busca consolidar el proceso de participación ciudadana y ampliación de derechos e introducir el principio de soberanía popular en los tres poderes del Estado, construir entre todos un Poder Judicial transparente, ágil, moderno y accesible.
La Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), cuya conducción representa un sector conservador de abogados, también pretende minar la democratización del Poder Judicial. Es el mismo organismo que se reunía con Videla y Harguindeguy sin reclamar por sus colegas desaparecidos y que nunca pidió disculpas por el rol que jugó durante el genocidio, donde realmente se suspendieron las garantías constitucionales. El periodista Fernando Pittaro, desnuda en una investigación la hipocresía de esta corporación de abogados, denunciando su complicidad con el Terrorismo de Estado. En una de las actas del organismo, el federado de Capital Federal Manuel Ordoñez, elogia a la Dictadura diciendo: “Agradecemos a este gobierno haber realizado la tarea de liberarnos de la abyección en que vivíamos antes del proceso, a pesar de que al hacerlo pueda haber incurrido en excesos..”.
Mientras la Argentina era un gran campo de concentración y se violaban sistemáticamente los derechos  consagrados en la Constitución Nacional, la FACA articulaba una estrategia para defender a la dictadura en los foros internacionales. Ricardo de Felipe ha perdido la memoria y si repasa los libros de actas de la corporación que actualmente conduce, comprobará el sustento ideológico jurídico que oportunamente se le brindó al proceso cívico-militar de 1976. Es gravísimo que la supuesta “defensa de la Constitución” sea invocada por un sector de abogados que silenció la desaparición de sus colegas.  Como expresa el titular de la Procuraduría Adjunta de Narcocriminalidad (Procunar) Félix Crous “..los que dicen que se politiza la Justicia son los que usan la justicia para hacer política… A la Justicia ya la politizaron ellos, al usarla como lugar donde dirimen todas las cuestiones que en las porfías políticas pierden…”.
Debemos insistir en las ventajas de que la Corte tenga sólo facultades jurisdiccionales y haya un organismo de gestión y gobierno distinto, como en todos los lugares del mundo. Es prioritario avanzar rápidamente hacia sistemas procesales que acompañen estos cambios organizacionales, con inclusión de oralidad, publicidad de audiencias, agendas, y que todo lo que sea pasible de ser introducido por los jueces del pueblo se incorpore, como resolución de conflictos vecinales. En el año 2007 en Salta, se produjo un gran avance en la democratización de la Justicia local con el decreto de autolimitación, el Consejo Consultivo Judicial, institucionalización de la mediación, convenio de transparencia con la Corte de Justicia. Y siguen pendientes los siguientes proyectos: Justicia de Proximidad y Contravencional, Agilización en la gestión judicial.
Estamos construyendo una justicia “legítima”, en la que la independencia se predique tanto respecto de las presiones políticas de los otros poderes, como de poderes fácticos no estatales, corporativos, económicos y mediáticos. Será una justicia transparente, que garantice los derechos de los más vulnerables, la participación de la sociedad y un acceso democráticamente defendido. A todo ello se suma la necesidad de discutir los perfiles de la enseñanza y divulgación del Derecho. La democratización de la Justicia ha visibilizado la patología de un sistema judicial desprestigiado y de espaldas al pueblo.
Como expresa en su texto Carta Abierta/13:”…Se trata, después de muchos años, de darle a la idea de justicia una dimensión que logre articular lo que siempre fue prolijamente separado por los poderes económicos: la libertad y la igualdad…”.-

Autor: Nicolás R. Juárez Campos- Colaborador de la Fundación Saltamerica. 

miércoles, 29 de mayo de 2013

SALTAMERICA en el 35º Congreso Internacional de Americanística

SALTAMERICA en el 35º Congreso Internacional de Americanística
Perugia- Italia
03 al 10 de Mayo de 2013
             La Fundación Saltamerica, se hizo presente nuevamente en Perugia-Italia, en la edición número 35º del Congreso Internacional de Americanística organizado por el Centro Studi Americanisti “Circolo Amerindiano” Onlus , de dicha ciudad europea.
             La Fundación Saltamerica ha participado de manera consecutiva en dicho congreso desde la edición del año 2010. En esta oportunidad estuvo representada por su presidente, el Lic. Daniel A. López, quien presentó la ponencia: "Teoría Social de América: el rol del mestizaje", siempre con la intención de continuar el diálogo y debatir con otros especialistas e instituciones que tienen objetivos coincidentes con nuestra institución y que tienden a fortalecer el desarrollo, los procesos democráticos y la identidad singular que expresa nuestro continente.

Saltamerica en el Foro Social Mundial

La Fundación SALTAMERICA participó en la edición 2013 del Foro Social Mundial, que tuvo lugar en la ciudad capital de Túnez, entre el 26 y el 30 de marzo del corriente año. Esta fue la primera vez que una edición global del Foro Social Mundial se desarrollo en un país árabe y el lema en esta ocasión fue «Dignidad». Nuestra fundación estuvo representada por el Lic. Daniel Armando López y el Dr. Ezequiel Marcos López Diez ambos pertenecientes a la Fundación Saltamerica.
Nuestra Fundación participó con éxito en ediciones anteriores del Foro Social Mundial aportando al debate y a las actividades que se realizan en el contexto de dicho evento.
En esta ocasión organizó un Debate y Simposio  que llevo por nombre: La "colonialidad" como nueva forma de exclusión social, política y cultural” enmarcado en uno de los ejes temáticos del Foro Social Mundial: “Por la construcción de procesos democráticos de integración y de unión entre los pueblos”.
Es importante destacar que desde hace dos años, la región árabe es escenario de rebeliones populares y de transformaciones políticas en las que cayeron cuatro dictadores y todo empezó en Túnez con el derrocamiento del régimen de Ben Ali en enero de 2011 y muchos países continúan luchando contra las dictaduras que los oprimen. Las organizaciones que tienen un papel central en estos procesos de cambio democrático forman parte de la organización del Foro Social Mundial (FSM) que tendrá su escenario en esta región.
Vale la pena aclarar que el Foro Social Mundial fue creado en 2001 en Porto Alegre, Brasil resultando ser un espacio abierto de encuentro para intensificar la reflexión, el debate democrático de ideas, la elaboración de propuestas, el libre intercambio de experiencias y la articulación de acciones eficaces, en las instancias y los movimientos de la sociedad civil que se oponen al neoliberalismo y su dominio hegemónico del mundo a través de sus políticas, economías y proyectos socio-culturales, también se oponen a cualquier forma de imperialismo que se pretenda imponer.

 tunez

Lic. Daniel Lopez, Graciela Diez, Embajador argentino en Tunez Sergio Alberto Baur, ministro Fernando J. Vallina PadroBaur, Ezequiel Lopez Diez.

Nuestro sitio oficial

Nuestro sitio oficial: www.saltamerica.org.ar
TODOS somos artífices y formadores de la realidad, desde cada rincón desde donde nuestras palabras, pensamientos y acciones provengan para impactar en la comprensión y transformación de los diferentes universos. ESTE ES NUESTRO ESPACIO VIRTUAL, desde el que aportamos a la comunidad global nuestras actividades, experiencias y todo el bagaje personal e institucional a los fines de establecer redes que aporten en la concepción consciente y consistente de la realidad americana. Esta es una de nuestras herramientas comunicativas y desde aquí saludamos con un abrazo cálido a todos nuestros visitantes.
Nuestro Lugar: Ciudad de Salta
Cel: (0387)155829315
Cordoba 509- Ciudad de Salta
CP: 4400
Argentina.
Visita www.saltamerica.org.ar

lunes, 27 de mayo de 2013

Quienes Somos?

Nuestra fundación es una ventana que se abre en Salta, nuestro lugar americano; para fortalecer y promover políticas de integración.
Nuestro propósito es el estudio, análisis e investigación de los diversos procesos sociales, económicos y culturales  con el objeto de impulsar el desarrollo cultural, económico, tecnológico, político y la inclusión social de nuestra región en relación a la articulación con lo nacional, lo americano y lo global.
Impulsamos la vinculación permanente a través de redes y contactos para alentar y promover eventos, encuentros, congresos, seminarios, conferencias que hagan realidad los objetivos referidos anteriormente.
Desarrollamos estrategias que alienten y  efectivicen el asesoramiento y la prestación recíproca, mutua y solidaria de asistencia técnica, científica y cultural entre organismos gubernamentales y asociaciones civiles  a los efectos de acercar diseños concretos a las políticas publicas, de acuerdo a las necesidades, expectativas y exigencias de la sociedad local, nacional , americana y global.
Sabemos de los obstáculos pero también de nuestra voluntad inclaudicable de promover y alentar la armonía, la equidad y la justicia que la sociedad reclama, teniendo como denominador común y necesario  la voluntad colectiva  de la integración y el trabajo en común.

Autoridades:

daniel lopez
Lic. Daniel Armando López
Presidente
juan 1
Lic. Juan Amado Lencina
Secretario
Graciela Mabel diez
Sra. Graciela Mabel Diez
Tesorero
jose_gimenez
Dr. José Ramón Giménez
Vocal 1º

Ezequiel
Dr. Ezequiel Marcos López Diez
Vocal 2º